En el SCN 1993, los derechos patentados se tratan como activos intangibles no producidos. Sin embargo, los pagos recibidos de los usuarios de patentes se registran por convención como pagos por servicios (como el arrendamiento de activos fijos). Esto es contrario a las reglas contables del SCN en que los pagos por el uso de activos no producidos se consideran como renta de la propiedad. Si la ID no se considera como formación de capital, ¿debe seguir considerándose el pago por el uso de los derechos patentados como un pago por servicio? |