Ni el SCN 1993, ni el MBP5 analizan el aspecto de las cuotas pagables por valores prestados y préstamos en oro. La cuota por valores prestados resulta de poner a disposición de otra unidad un instrumento financiero, pero no se adecua a la definición de interés cuando la propiedad legal se transfiere pero los riesgos económicos y las retribuciones de la propiedad permanecen con el dueño original. La cuota pagable en los préstamos en oro parece ser un pago por servicios ya que el oro para este efecto, no es oro monetario. |